Cuando el comprador es extranjera y o/no residente es necesario contar con un equipo multidisciplinar (fiscal, intérprete…), para un buen asesoramiento en este tipo de operaciones.
Entre otros requisitos para la celebración de la escritura pública, es necesario que el comprador obtenga el Número de Identificación de Extranjeros (NIE), petición que podrá realizarse en España, en la Oficina de Extranjeros o en la Comisaría General de Extranjería, o en las Oficinas Consulares españolas ubicadas en el país de residencia del solicitante, siendo que en dicha solicitud deberá adjuntarse un impreso-solicitud normalizado debidamente cumplimentado y firmado, el original y una fotocopia del pasaporte completo, o documento de identidad, y una comunicación de las causas económicas, profesionales o sociales que justifican la solicitud en cuestión.
Además de lo anterior, será recomendable que el extranjero no residente que pretende adquirir un inmueble por compraventa proceda a la apertura de una cuenta corriente bancaria en territorio español, ya que mediante la misma se acreditarán los medios de pago del precio de la compraventa así como el pago de los impuestos derivados de la operación.