JESÚS BONET INSTA A LOS ARQUITECTOS A TENER EL MEJOR LIBRO DE ÓRDENES PARA ASEGURAR UNA DEFENSA JURÍDICA CON LAS MAYORES GARANTÍAS

Bonet Abogados ha organizado, conjuntamente con el Colegio Territorial de Arquitectos de Valencia, una jornada para analizar el libro de órdenes como medio de defensa de los arquitectos y su incidencia en los procesos judiciales. Junto a Jesús Bonet, director de la firma Bonet Abogados, participaron en la mesa  Vicente Casanova, perito de ASEMAS, y Mariano Bolant, presidente del Colegio.

En una exposición muy didáctica, plagada de ejemplos y consejos, Jesús Bonet trasladó a los colegiados que el libro de órdenes, lejos de ser algo sin importancia “es un documento muy valorado por el juez ya que le permite hacerse una idea de si ha existido control y seguimiento de la obra, por lo que  sí está bien elaborado, supone una muy buena herramienta para una defensa más consistente”.

“Que no os preocupe su extensión -les dijo- incluid en el anexo cuantos documentos consideréis importantes y no olvidéis que vuestra finalidad como profesionales es hacer una obra perfecta al tiempo que tomáis todas las precauciones posibles para eludir futuras responsabilidades”.

Al hilo de esta afirmación, Bonet hizo hincapié en que actualmente se ha producido un cambio de mentalidad y ahora prima la presunción de responsabilidad de los técnicos “y contra ello sólo podremos defenderos con un buen libro de órdenes porque es el auténtico medio de garantía para los arquitectos”.

Por su parte, Vicente Casanova, señaló que la legislación sobre el libro de órdenes data del año 1971 “por lo que está obsoleta” dijo pero ello “no debe impedir a los arquitectos cumplir con la ley al tiempo que se adaptan a las nuevas circunstancias del momento”.

En ese sentido, anunció que el Consejo Superior de Arquitectos está trabajando en un libro de órdenes digital. “No debemos olvidar -insistió- que desde el momento en el que intervenimos en cualquier proyecto de obra somos responsables de lo que allí sucede”.

El Libro de Órdenes y Asistencias fue implantado por el artículo 4 del Decreto 462/1971, que estableció su obligatoriedad para las obras de promoción privada, debiéndose reflejar en ellos todas las incidencias, órdenes y asistencias que el técnico director apreciase durante el desarrollo de la obra. Constituye una garantía para el arquitecto de que cualquier modificación o decisión en obra se ha recibido por parte del constructor, ha sido visada por el colegio y el promotor ha sido advertido. Además, su importancia es clave ante una posible reclamación futura, ya que, ante un juez, el libro de órdenes se constituye en prueba escrita válida.

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