EMPRESAS ESPAÑOLAS EN FRANCIA: OBLIGATORIEDAD DEL COMPLIANCE

Por Laura Aznar, abogada de Corporate Compliance en Bonet Abogados.

Desde el pasado uno de junio, nuestro país vecino, ha dado un giro de tuerca a su lucha contra la corrupción. Con la aprobación de la Ley francesa “Sapin 2”, a partir de ahora, las empresas españolas que no cuenten con el Programa de Prevención de Riesgos Penales o Compliance, y que desarrollen actividad en Francia, deberán implantar un sistema de gestión de Compliance contra la corrupción de manera obligatoria.

Con esta Ley se cubren aspectos relevantes de la lucha contra la corrupción (como la obligación de las grandes empresas a adoptar un Código de Conducta transparente) y la creación de una agencia nacional de prevención anticorrupción (“Agence Française Anticorruption”).

Aunque sabemos que en territorio español los sistemas de Prevención de Riesgos Penales son voluntarios y sirven para excusar o rebajar la responsabilidad penal de la empresa, desde Francia llega la Ley sobre la transparencia, la lucha contra la corrupción y la modernización de la vida económica, denominada comúnmente “Sapin 2”, que vincula y OBLIGA a realizar dicha prevención de anticorrupción no solamente a las empresas francesas, sino también a las españolas.

En el mundo de las multinacionales o grupo de empresas y expansión que vivimos, la voluntariedad del Compliance penal español pasa a un segundo plano con esta nueva Ley. Organizaciones españolas que formen parte de un grupo de empresas cuya matriz o sedesea el país francéso las empresas con sede en España, pero con alguna filial en Francia, bajo el principio de territorialidad, las empresas que tengan algún tipo de relación comercial o de prestación de servicios con Francia, deberán someterse a la “Agence Française Anticorruption”, implementando de manera obligatoria las herramientas adecuadas de prevención y pronta detección de la corrupción, siempre que sobrepasen un determinado tamaño.

La Alta Dirección de estas empresas con presencia en Francia, deberá adoptar de manera forzosa las medidas de Vigilancia y Control, para prevenir, detectar y reaccionar, en Francia o en el Extranjero, los actos de corrupción, cohecho, tráfico de influencias, etc., mediante un Mapa de Riesgos Penales, Código de ética o de comportamiento, entre otros muchos otros protocolos.

El Compliance está cogiendo forma en Europa, ya que va a terminar implantándose de manera obligatoria en todos los países, no necesariamente a través de una medida legislativa, sino porque las mismas empresas para contratar con sus proveedores, clientes, etc., están ya exigiendo (y no sólo en empresas de gran tamaño, sino también en las Pymes) un Código ético o de Conducta transparente.

Francia ya ha adoptado por un modelo de Prevención obligatorio que vincula al resto de compañías que operen en su territorio a tener estos Programas anticorrupción para así evitar las acciones penales y las sanciones, siendo totalmente previsible que estas medidas vayan adaptándose de manera paulatina y compulsoria por Europa.

Desde este Despacho estamos seguros de que, en Europa y en una fecha no muy lejana, entrarán en vigor nuevas medidas para combatir de manera eficaz delitos económicos, informáticos y de corrupción, que vienen castigando a la sociedad actual.

 

 

 

 

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