Por Alejandro Penalba Ferrer, abogado en Bonet Abogados.
El pasado domingo día 8 de abril se produjo un grave incidente en el aeropuerto de Alicante-Elche debido al impacto de un dron con un avión comercial.
El suceso se produjo cuando un dron que estaba sobrevolando junto con un grupo de drones una playa, en la pedanía ilicitana de Arenales del Sol, invadió el espacio aéreo del mencionado aeropuerto internacional.
Aunque en esta ocasión no se produjeron daños, una vez más hemos sido testigos de cómo una invasión del espacio aéreo protegido por parte de un dron puede ocasionar una situación de elevado riesgo.
Pese a que la nueva normativa sobre el uso de los drones (Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre) ha ampliado su flexibilidad en cuanto al uso de estas aeronaves no tripuladas, hay una serie de prohibiciones básicas que se antojan fundamentales para mantener la seguridad en el espacio aéreo.
Una de estas prohibiciones, como no puede ser de otro modo, es no poder volar a una distancia mínima de 8 kilómetros de cualquier aeropuerto o aeródromo. No obstante, y pese a ser una prohibición comprensible, algunas veces bien de forma involuntaria o bien de forma intencionada esta norma se infringe.
Las autoridades cada vez están tomando un mayor interés por este asunto debido a la frecuencia de estas infracciones.
Estas situaciones pueden provocar numerosos daños tanto materiales como personales, por ello, es fundamental que los operadores y pilotos de drones conozcan la legislación y estén correctamente asesorados en esta materia.
Además, en caso de accidente o conflicto, una buena defensa jurídica, aunque se cuente con un buen seguro, puede ser la diferencia entre tener que hacer frente a responsabilidades civiles y penales o no tener que hacerlo.