¿A qué estoy obligado en función del número de trabajadores de mi empresa?
Empresas con al menos, un trabajador:
- REGISTRO RETRIBUTIVO:
Regulado en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
- PROTOCOLO DE ACOSO LABORAL Y/O SEXUAL:
Regulado en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
Es una obligación para toda empresa o autónomo que tenga al menos, un empleado a su cargo, independientemente del número de trabajadores que sean o su volumen de facturación.
Empresas con 50 o más trabajadores:
- PLAN DE IGUALDAD:
Regulado en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
Desde el mes de marzo de 2022, todas las empresas que tengan 50 o más trabajadores, deben disponer de un Plan de Igualdad.
El plan de igualdad es un conjunto de medidas que tienen como objetivo garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre los trabajadores y trabajadoras de la empresa.
El Plan de Igualdad debe negociarse en el seno de la Comisión Negociadora del Plan de Igualdad, constituida ex profeso para ello.
Su vigencia es de cuatro años.
En estos casos, el Plan de Igualdad ya contiene el Registro Retributivo y el Protocolo de Acoso laboral/sexual.
- PLAN DE IGUALDAD Y PROTOCOLO LGTBI:
Regulado en la Ley 4/2023 de 28 de febrero de igualdad de las personas trans y de derecho de las personas LGTBI.
Antes del mes de marzo de 2024, todas las empresas con 50 o más trabajadores, deberán disponer de un Plan de Igualdad LGTBI.
Este Plan deberá incluir un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI.
El protocolo deberá incluir medidas para garantizar la igualdad del colectivo LGTBI y las acciones pertinentes para prevenir, detectar y actuar ante un caso de acoso o violencia ante estas personas trabajadoras.
El Plan y el Protocolo deberá aprobarse mediante la negociación colectiva y las medidas que se propongan, deberán ser acordadas con los representantes legales de los trabajadores.