El pasado día 14 de mayo entró en vigor el Real Decreto-ley 8/2017, de 12 de mayo para cumplimiento a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 11 de diciembre de 2014. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 11 de diciembre de 2014, recaída en el asunto C-576/13 (procedimiento de infracción 2009/4052), condena al Reino de España por considerar que el régimen legal en que se desenvuelve el servicio portuario de manipulación de mercancías contraviene el artículo 49 Tratado de Funcionamiento de la Unión Europeaal imponer a las empresas que deseen desarrollar la actividad las siguientes obligaciones:participar en el capital de una Sociedad Anónima de Gestión de Estibadores Portuarios (SAGEP) y contratar con carácter prioritario a trabajadores puestos a disposición por dicha Sociedad Anónima.

Por Emilia Romany En este artículo hemos decidido dar forma a una consulta realizada por un cliente, respecto a ¿Qué es un club de navegación? ¿Qué ventajas y qué inconvenientes tengo al asociarme y en qué difiere de un mero alquiler? No confundir la terminología, “pertenecer a un club de navegación” con “ser miembro de un Club Náutico”. Los clubes de navegación surgen en España hace muy pocos  años en un contexto económico de dificultad, como una idea innovadora. En ese contexto económico no todos los aficionados a la náutica se pueden permitir la compra de una embarcación, y aun existiendo la posibilidad de chartear (alquilar) una embarcación, esta idea es otra posible vía distinta que da una solución de racionalización y economización para disfrutar del mar, de un modo diferente.

Por Emilia Romany. En este artículo, tal y como os emplacé, vamos a comentar las normas de seguridad que debemos tener en cuenta una vez abanderamos y matriculamos la embarcación bajo pabellón español. Se acerca la época fuerte de navegación, vienen las vacaciones de semana santa y el verano, y en el mar aumentan los usuarios, pero también los controles.

Nos  vemos de nuevo en este segundo artículo relacionado con el derecho marítimo. El abanderamiento es el acto que otorga el derecho de enarbolar pabellón español. La normativa de marina mercante española, se encarga pues de indicarnos qué embarcaciones y en qué condiciones pueden llevar bandera española. No todo elemento flotante y destinado a la navegación, debe ser inscrito, pero sí la mayoría. La normativa marítima española, obliga a inscribir todas aquellas embarcaciones de más de 2.5 metros. Dejando fuera de la obligación de inscribir a todos los artefactos navales y/o plataformas fijas.

Por Emilia Romany Creo que no hay nada más ilustrativo y mejor que este título para iniciar una serie de artículos relacionados con el derecho marítimo. Y como toda serie que se precie, debe empezar por el principio,  por contestar a la pregunta que siempre me hacen cuando digo a qué me dedico. Y esa cuestión no es otra que la de situar las bases de qué es y de qué trata eso del Derecho Marítimo.

[caption id="attachment_1399" align="alignleft" width="269"]Nuevo departamento de Derecho Marítimo en ESTUDIO JURÍDICO BONET ABOGADOS Emilia Romany Pastor, responsable del Departamento de Derecho Marítimo en ESTUDIO JURÍDICO BONET ABOGADOS.[/caption] El mar es el mayor mercado del mundo. Un escenario económico por el que circula el 80% del transporte internacional. España cuenta con cerca de 8.000 kilómetros de costa y una gran de red puertos entre los que destaca el de Valencia, primer puerto español y quinto de Europa con un 40% del tráfico de contenedores de toda España. Las cifras hablan por sí mismas sobre la importancia de este sector y la interconexión social, económica y cultural de países y mercados a través de los puertos.