DISTINCIÓN ENTRE MEDIDAS URGENTES Y MEDIDAS PROVISIONALES EN EL ÁMBITO DEL DERECHO DE FAMILIA

 Por Mª Dolores Del Rio Monzó, abogada en Bonet Abogados. En el ámbito del derecho de familia se pueden acordar medidas urgentes, que debemos distinguir de las medidas provisionales porque las causas que dan lugar a la adopción de las mismas son diferentes.

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